Se denomina Unidades Asociadas a las instituciones con las que el CONICET establece convenios en mérito a su relevancia científico–tecnológica dentro del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, y que a propuesta de éstas, representadas por su titular, solicitan integrarse al sistema de unidades de CONICET.
Las Unidades Asociadas podrán ser lugares de trabajo para investigadore/as, personal de apoyo y becario/as del CONICET, la relación no implica compromiso económico por parte del Consejo para contribuir al mantenimiento de las mismas.
Sus características principales son las siguientes:
- Las instituciones cuentan con un marco jurídico propio.
- Su incorporación como Unidad Asociada deberá ser aprobada por el Directorio de CONICET luego de la evaluación de antecedentes del grupo de investigación y su plan de acción.
- Mantienen la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas, y asumen particularmente sus responsabilidades consiguientes.
- Los convenios deben expresar de manera explícita el no compromiso financiero del CONICET para su sostén económico y, consecuentemente, la organización interna de éstas instituciones.